He dudado mucho en escribir un artículo como este debido al exceso de ruido y polarización que observo alrededor del debate que suscita la nueva ley de educación. Sin embargo, me resisto a pensar que no es posible reflexionar acerca de esta cuestión. Así que allá vamos.
Lo primero que debemos hacer es entender el origen de la escuela privada concertada en nuestro país. Sus inicios se enmarcan en los años 80 con el primer gobierno de Felipe González donde el ejecutivo socialista se había propuesto extender y universalizar la educación obligatoria hasta los 16 años. Para conseguirlo se enfrentaba a un problema de medios materiales, puesto que no existían centros suficientes y además a una limitación económica importante, pues no había dinero suficiente para construirlos. Bajo este concepto se optó por un modelo híbrido aprovechando la infraestructura de muchos colegios religiosos que a partir de entonces comenzaron a ser financiados por el Estado a cambio de que prestaran gratuitamente sus servicios educativos. Se buscaba lograr así un doble objetivo, que era extender la educación pública y solventar la limitación económica. Este aspecto fue ampliamente contestado por los partidos conservadores que precisamente ahora se alzan como grandes defensores del modelo concertado.
La medida, con todo, dejó sin resolver dos aspectos importantes: el administrativo dejando amplio margen de discrecionalidad en la admisión de alumnos a los centros concertados y, un agujero legal que ha venido permitiendo a este tipo de entidades solicitar cuotas de “obligada voluntariedad” para complementar su financiación pública.
Una vez explicado el origen de estos centros nos proponemos analizar si este tipo de entidades tienen sentido económico en la realidad que vivimos en el año 2020. Para ello, conviene explicar que la educación por su reconocimiento constitucional debe ser ofertada a los ciudadanos garantizando el acceso a dicho servicio público. Una posibilidad es prestar el servicio directamente por parte del Estado internalizando la actividad. Sería lo que conocemos como escuela pública. Otra alternativa, es garantizar este servicio asegurando que una entidad privada lo presta al conjunto de los ciudadanos. Algo parecido a los colegios concertados.
Teniendo en cuenta que en 2020 no tenemos ningún problema generalizado de existencia de centros educativos, el argumento para defender la escuela concertada suele ser que es más eficiente que la escuela pública. Fundamentalmente, los datos que deberían apoyar este argumento son que a través de un menor gasto son capaces de ofrecer el mismo servicio. Bien, conviene decir en este sentido que estamos ante una falacia que sigue un razonamiento muy simplista. Cuando tratamos de comparar dos realidades, estas tienen que tener características comparables, puesto que de lo contrario nos pueden llevar a obtener conclusiones equivocadas. En este sentido, es importante decir que las escuelas públicas y concertadas no se pueden comparar directamente por el coste que suponen porque afrontan realidades muy distintas. Veámoslas.
Alumnado con necesidades.
La escuela pública “garantiza” que cualquier alumnado con necesidades tendrá los medios humanos y materiales que permitan su formación educativa. Este aspecto es fundamental para entender que los costes de ambos centros no son comparables porque los centros concertados (normalmente) no deben gestionar este tipo de necesidades que suponen una financiación mucho más amplia que la requerida por otro tipo de alumnado.
Alumnado en riesgo de exclusión.
Al principio del artículo mencionábamos dos aspectos fundamentales para entender este punto. La escuela concertada tiene libertad para establecer los criterios de admisión del alumnado que gestiona en sus centros. Igualmente, este tipo de entidades han venido estableciendo cuotas que sus alumnos debían de satisfacer para realizar actividades complementarias o en forma de “donación” complementando la financiación del centro. Esto conlleva que los sectores más desfavorecidos de la sociedad no puedan optar por este modelo educativo. Colectivos inmigrantes o en riesgo de exclusión social son “invitados a marcharse” a la escuela pública. Este aspecto es muy importante desde dos puntos de vista. Por un lado, parece inadmisible que la supuesta libertad de elección de modelo educativo se circunscriba dependiendo de las posibilidades económicas de cada familia. Y por otro, los alumnos en riesgo de exclusión o inmigrantes tienen unas necesidades especiales que deben ser gestionadas por los centros públicos. Esto implica la vuelta al primer punto. El coste de gestionar este tipo de necesidades es mucho mayor.
La rentabilidad de los centros.
Este punto se ve mucho mejor con un ejemplo. Imaginen que deciden dedicarse a la prestación de servicios educativos y tienen la posibilidad de establecer un nuevo colegio. Para ello, seguro que valoran la rentabilidad de la ubicación. Seguro que cualquiera pensaría, prefiero localizar mi centro en el Barrio de Salamanca antes que hacerlo en un pueblo perdido de Cuenca. Este aspecto es legítimo desde el punto de vista empresarial. Sin embargo, el Estado no puede permitirse evaluar esta rentabilidad porque debe ofertar educación a todos los ciudadanos con independencia de donde vivan. Podríamos profundizar mucho más, pero creo que todos sabemos que la rentabilidad coste/beneficio va a ser mucho mayor en el Barrio de Salamanca que en el pueblo perdido de Cuenca.
Estos tres aspectos evidencian que comparar el coste de la enseñanza concertada y pública es tramposo y equivocado porque sencillamente no prestan el mismo servicio.
Por otro lado, me gustaría reflexionar acerca de otro punto muy importante desde el punto de vista económico. No hemos hablado hasta ahora de la escuela privada que ofrece sus servicios frente a los modelos público y concertado. Sorprende bastante que desde ciertos sectores autodenominados liberales se apoye el modelo concertado teniendo en cuenta la situación de competencia desleal que suponen frente al modelo privado. Como decíamos, los colegios concertados son financiados desde el Estado y como complemento solicitan a sus alumnos “cuotas voluntarias”. Esta situación deja a los colegios privados en una situación de enorme vulnerabilidad, puesto que tienen difícil competir con la escuela concertada que es subvencionada desde el erario. No parece un modelo demasiado liberal este que evita la sana competencia.
Como vemos la escuela concertada ha desvirtuado el sentido con el que fue creada en los años 80. A día de hoy supone un modelo intermedio que busca liberarse de los alumnos menos rentables y competir en condiciones mucho más ventajosas frente a la escuela privada. Esto no es admisible. Cualquiera que reciba subvenciones públicas debe garantizar la igualdad de oportunidades y no excluir a nadie del servicio. Igualmente, las cuotas se deben acabar como así lo ha reflejado la ley.
Y llegados a este punto podrían preguntarse ¿Por qué desde la red de escuelas concertadas esgrimen que es el principio del fin de la libertad de elección educativa? Pues bien, si tienen la oportunidad les invito a leer la nueva ley. Es pesado. Lo sé, pero seguro que les permite formarse mejor una opinión. Fundamentalmente, porque la ley no acaba con el modelo concertado, sino que busca devolverlo al origen. Se acabaron las “cuotas voluntarias”. Cualquiera podría decir “ah pero esto no es una mala medida”. Cierto, no lo es, pero ahora no van a poder invitar a marcharse tan directamente a los alumnos de bajas condiciones económicas. Se puede comenzar a acabar su modelo elitista y eso preocupa en un contexto donde la situación demográfica evidencia que en el futuro cada vez se necesitarán menos colegios.
Dicho todo lo anterior, la escuela concertada pudo tener sentido en los años 80 donde el fin a conseguir justificaba este modelo. Ahora, el contexto es muy diferente y desde luego podríamos debatir si es mejor prestar directamente el servicio o externalizarlo. Sin embargo, lo que carece de sentido es financiar con recursos públicos la enseñanza privada. Sobre todo, porque la enseñanza pública no está financiada de forma suficiente. Esto no significa dejar a su suerte a la entidades que en los 80 contribuyeron a construir el sistema educativo español. Sería igualmente tramposo, pero sí limitar el modelo concertado, evitar sus excesos y por su puesto su crecimiento.
Adenda final. No hemos hablado mucho de lo beneficiosa o maliciosa que es la nueva ley de educación. Casi no importa porque volverá a cambiar cuando haya un nuevo gobierno. Lo que si es cierto es que es una ley de transición que corrige los excesos de la anterior. Sin embargo, no aborda los principales problemas del sistema educativo español. Muy triste.